Aunque la demanda la interpuso una trabajadora, la sentencia beneficiará a las 60 personas de la empresa que presta el servicio
El Juzgado de lo Social de Guadalajara ha dictado una sentencia en la que se reconoce que las auxiliares de ayuda a domicilio de la empresa adjudicataria del servicio de ayuda a Domicilio de Guadalajara tienen la categoría de personal sociosanitario, lo que supone que deben cobrar un complemento del 25% que hasta ahora no se les aplicaba.
El Juzgado de lo Social ha dado la razón a la demanda interpuesta por CCOO en representación de una trabajadora del Servicio de Ayuda a Domicilio de Guadalajara en la que se reclamaba a la empresa el reconocimiento del derecho de la demandante a percibir el concepto retributivo denominado plus por penosidad y peligrosidad.
Tal y como señala la sentencia, según el convenio de la empresa este concepto retributivo le corresponde a la categoría de personal sociosanitario, pero al no especificarse en dicho convenio qué categorías se consideran como sociosanitarias, es la Ley de Dependencia la que determina este aspecto.
Y esta norma, que entre otras cosas establece los criterios de acreditación para garantizar la calidad de los centros y servicio, señala que los y las
auxiliares de ayuda a domicilio deben acreditar la cualificación profesional de Atención Sociosanitaria en domicilio.
Por lo tanto, aunque la demandante en cuestión tiene el certificado de profesionalidad, la importancia de esta sentencia es que reconoce la categoría de personal sociosanitario a todos y todas las auxiliares de ayuda a domicilio, que en este caso son 60 personas trabajadoras.
En el caso de la demandante el que se le reconozca que tiene derecho al plus, le supone un incremento de su sueldo en torno a los 230 euros mensuales.
Para CCOO esta sentencia supone un avance muy importante en la dignificación del sector, un sector que además está muy feminizado y necesitado de mejoras en las condiciones laborales.