Campaña especial de la DGT de vigilancia de distracciones al volante

Publicado por: El Decano
06/10/2025 11:08 AM
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El uso del móvil durante la conducción o la utilización de auriculares son las infracciones más frecuentes

Desde hoy hasta el próximo domingo, 12 de octubre, la Dirección General de Tráfico (DGT) llevará a cabo una campaña específica de vigilancia centrada en esta ocasión en las distracciones en la conducción. Durante esta semana, los agentes de Tráfico de la Guardia Civil y policías locales de diferentes ayuntamientos incrementarán los controles preventivos, que realizarán en cualquier carretera y a cualquier hora del día.

 

En la última campaña de control de distracciones al volante, en octubre del año pasado, fueron controlados un total de 3.589 vehículos en vías interurbanas y se formularon 143 denuncias. La mayor parte se debieron a la utilización del teléfono móvil durante la conducción (82 denuncias) y la utilización de auriculares (22 denuncias). Otras infracciones detectadas fueron leer o conducir comiendo, utilización indebida del sistema de navegación o distraerse con otros usuarios del vehículo.

 

Los factores de riesgo asociados a las distracciones tienen una especial relevancia en la seguridad vial, tanto por el aumento del riesgo de siniestro durante la conducción como en la mayor severidad de las lesiones de los accidentados. La subdelegada del Gobierno de España en la provincia de Guadalajara, Susana Cabellos, ha subrayado que “marcar un número de teléfono en un dispositivo móvil mientras se conduce podría multiplicar por 12 el riesgo de sufrir un siniestro de tráfico, y leer o escribir mensajes lo multiplicaría por seis”.

 

 

 

Normativa

El artículo 76 del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial establece lo siguiente:

 

Se considera infracción grave:

 

  1. f) Conducir utilizando cualquier tipo de casco de audio o auricular conectado a aparatos receptores o reproductores de sonido u otros dispositivos que disminuyan la atención permanente a la conducción.

 

Adicionalmente la última reforma legislativa modificó la redacción del artículo 76, apartado g):

 

  1. g) Utilizar, sujetándolo con la mano, o manteniéndolo ajustado entre el casco y la cabeza del usuario, dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce, conducir utilizando manualmente dispositivos de telefonía móvil en condiciones distintas a las anteriores, conducir utilizando manualmente navegadores o cualquier otro medio o sistema de comunicación, así como llevar en los vehículos mecanismos de detección de radares o cinemómetros.

 

Las citadas infracciones se castigan con una multa de 200 euros en su artículo 80.

 

Dicha reforma legislativa modificó también el número de puntos que se pierde en relación con el uso del móvil mientras se conduce, pasando de tres a seis puntos, con el siguiente descriptivo:

 

  1. Utilizar, sujetando con la mano, dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce. Perdida de 6 puntos.

 

 

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