Las 8 de Caixabank recurrirán las sentencia que les condena a 900 euros de multa por un delito de desobediencia grave

Publicado por: Marta Perruca
04/03/2025 02:42 PM
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Amnistía Internacional, que acudió como observadora al juicio, ha manifestado en un comunicado que “la protesta desarrollada por los activistas fue pacífica en todo momento, por lo que el castigo penal supone una restricción desproporcionada a los derechos a la libertad de reunión pacífica y de expresión”

 

 

El Juzgado n.º 1 de lo Penal de Guadalajara ha condenado a las 8 de Caixabank a 900 euros de multa o tres meses de cárcel, en caso de impago, por un delito de desobediencia grave, a lo que habría que añadir las costas del juicio. Una decisión que, tal y como han anunciado los condenados en un comunicado de prensa, van a recurrir para obtener la completa absolución al considerar que “pelear por nuestros derechos no es delito”.

 

El juicio se celebraba el pasado 10 de febrero, en ausencia de los imputados, quienes se habían declarado objetores de conciencia al considerarlo injusto e ilegal y encabezaron una protesta a las puertas de los Juzgados, secundada por más de un centenar de personas. Después de siete años de espera, la Plataforma Antirrepresiva de Guadalajara señala que con esta sentencia, “desgraciadamente, se ha hecho efectiva, de nuevo, la represión”, en esta ocasión hacia las ocho personas que defendían aquel 5 de diciembre de 2017 el derecho a la vivienda de una compañera de la Plataforma de Afectadas por la Hipoteca, para lo que llevaron a cabo una protesta pacífica en la sucursal de Caixabank de Cabanillas del Campo.

 


La plataforma recuerda que la desobediencia leve fue despenalizada hace años, y que ahora mismo se resuelve por la vía administrativa. Por lo tanto, esta condena considera “la resistencia pasiva y cualquier acción de este tipo, como una simple sentada, como un delito grave, lo que conlleva que cualquier protesta de similares características pueda ser juzgada por lo penal y, en consecuencia, resuelta con multas cuantiosas o incluso con penas de cárcel para las acusadas”.

 


Asimismo, cabe señalar que Amnistía Internacional, que acudió como observadora al juicio, ha manifestado en un comunicado que “la protesta desarrollada por los activistas fue pacífica en todo momento, por lo que el castigo penal supone una restricción desproporcionada a los derechos a la libertad de reunión pacífica y de expresión”.

 


La acción de los activistas, que estaba enmarcada en un proceso de negociación con la entidad bancaria, iba dirigida a evitar el desahucio de una madre soltera con dos hijos y en situación de vulnerabilidad.

 


En la sentencia se señala que “no había urgencia en nuestra acción que justificara la protesta. Para la jueza el desahucio inminente de una familia no requiere de una solución a la mayor brevedad posible. Para nosotras, por el contrario, es motivo más que suficiente para una acción contundente. No solo se ve fuertemente vulnerado el derecho a la protesta, sino que queda de relieve el desprecio de las instituciones ante un derecho fundamental, que queda recogido en la Constitución Española. Este hecho adquiere mayor relevancia si tenemos en cuenta la situación de vulnerabilidad que viven miles de personas en materia de vivienda a día de hoy, en lo que se ha convertido en uno de los mayores problemas de la clase trabajadora en nuestro país”, argumentan en dicho comunicado.

 


La Plataforma Antirrepresiva indica que esta condena se enmarca en un contexto de represión creciente por parte del Estado, “y se suma a recientes condenas como las recibidas por las seis de la Suiza por protestas sindicales, o los seis de Zaragoza por una protesta frente a la ultraderecha. Además, existen numerosos procedimientos abiertos, como es el caso de las activistas por la justicia climática de Extinction Rebellion, a las que se pretende juzgar como organización terrorista, o el Sindicato Andaluz de Trabajadores, que es el sindicato más perseguido de Europa con peticiones de cárcel que suman 400 años”.

 


Por todo ello, apuntan que la protesta debe ser una herramienta legítima con la que reclamar unos derechos que se ven cada vez más mermados. “Las acciones de desobediencia son necesarias para la conquista de los derechos y para la evolución a una sociedad más equitativa y justa. En nuestro caso, decidimos no presentarnos al juicio y declararnos insumisas, demostrando de esta manera que no estamos dispuestas a colaborar con un sistema judicial injusto que no decide en base a los hechos probados, sino al cariz político de las acciones”.

 


La plataforma considera que este tipo de movilizaciones han sido un éxito, ya que el apoyo manifestado por la sociedad civil de Guadalajara y el resto del Estado ha suscitado que la condena sea mínima. “Pero no por ello vamos a conformarnos. Para esto hemos luchado durante estos más de 7 años, desde el día de la detención ilegal hasta el mismo día del juicio. Ante una sentencia injusta que vulnera el derecho a la protesta, nuestra respuesta es seguir trabajando para enfrentarla”.

 


De esta manera,  concluye su comunicado anunciando que “vamos a presentar recurso y que no pararemos hasta conseguir la total absolución de todas y cada una de nosotras. Porque protestar y pelear por nuestros derechos no es delito, una y mil veces, lo hicimos y lo volveríamos a hacer”.

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