El Tribunal Supremo urge al Miteco a aplicar ya los caudales ecológicos postergados a 2027 en el Plan Hidrológico del Tajo

Publicado por: Marta Perruca
14/05/2025 10:36 AM
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La Red del Tajo da a conocer una sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que determina que  el Plan hidrológico del Tajo (2022-2027) vulnera la normativa europea de aguas

 

 

El Congreso de los Diputados tumbababa ayer la proposición de Ley del Gobierno de Murcia para blindar el Trasvase Tajo-Segura con las reglas de 2014 y la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (TS) ha dado un paso todavía más ambicioso para garantizar la salud ecológica del Tajo, que obligaría al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco) "al establecimiento inmediato de caudales ecológicos en las zonas protegidas del Eje principal del río Tajo, es decir, todo el recorrido desde el embalse de Bolarque en Guadalajara hasta el de Valdecañas entre las provincias de Toledo, Madrid y Cáceres". 

 

La Red Ciudadana por una Nueva Cultura del Agua en el Tajo/Tejo y sus Ríos (Red del Tajo) ha dado a conocer esta nueva sentencia del TS que, según afirma en un comunicado de prensa, hace "que quede sin valor el escalonamiento de caudales fijados en el actual plan de Cuenca del Tajo para 2025, 2026 y 2027; y el Miteco tenga que disponer desde ya de los caudales establecidos para el horizonte de 2027".

 

Precisamente, en la última reunión de la Mesa de Explotación del Trasvase, celebrada el pasado 29 de abril,  el Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas (Cedex) presentaba un informe encargado por el Miteco con propuestas para la actualización técnica de la regla de explotación del trasvase Tajo-Segura, necesarias para dar cumplimiento a los caudales ecológicos previstos en el Plan Hidrológico del Tajo, aprobado mediante Real Decreto 35/2023, de 24 de enero, por lo que, con esta sentencia, deberían volver a actualizarse para contemplar "desde ya" esos caudales que postergan a 2027.

 

La sentencia, explican desde la Red Ciudadana, sólo daría por bueno el escalonamiento en tres años de caudales hasta 2027 en tramos no amparados por figuras de protección, pero no en las masas afectadas por zonas protegidas de hábitats y especies, en las que, además, no se hayan identificado sus objetivos ambientales particulares (zonas Red Natura 2000), como es el caso del 100% de las 13 masas de agua tipo río comprendidas entre Bolarque y el embalse de Valdecañas, donde se encuentran Aranjuez, Toledo y Talavera de la Reina.

 

Asimismo, recuerdan que es la segunda vez que el Tribunal Supremo da la razón a los colectivos sociales unidos en la Red Ciudadana por una Nueva Cultura del Agua en el Tajo/Tejo y sus Ríos para conseguir lo que los respectivos ministerios de transición ecológica o medio ambiente no le quieren dar al Tajo: vida y caudal.

 

Los trabajos conducentes a esta sentencia han sido sufragados por los movimientos sociales de las plataformas y colectivos ambientales de la Red del Tajo, así como la Asociación de Municipios Ribereños de los Embalses de Entrepeñas y Buendía.

 

Estas afirmaciones, en sentencia firme, hacen hincapié "nos dan la razón a la Red del Tajo en la estrategia legal que venimos desarrollando desde hace 15 años, basada en valorizar las zonas protegidas del Tajo y en denunciar el intencionado uso discrecional de las prórrogas por parte del Ministerio, para dilatar la consecución de su buen estado, y así retrasar la fijación de caudales más elevados que preserven su calidad ambiental. El Tribunal Supremo sentencia, sencillamente, que la prórroga a 2027 de los caudales del Tajo vulnera la normativa europea de Aguas".

 

La sentencia llama la atención a la obligación que tiene el Plan Hidrológico del Tajo en incluir los objetivos adicionales de las masas de agua incluidas en zonas protegidas, algo que ha sido omitido en todas las zonas Red Natura 2000 en las Comunidades de Madrid y Castilla-La Mancha. En este sentido, llama la atención a la Confederación Hidrográfica a que establezca medidas de coordinación con las comunidades autónomas e incluir estos objetivos específicos de conservación en el Plan.

 

"A partir de hoy mismo el Miteco debería implementar en el Eje del Tajo los caudales ecológicos que postergó a 2027. Y quedaría sin valor, por tanto, la modificación y el borrador de real decreto para 2025 de las reglas de explotación del trasvase Tajo-Segura, presentado la semana pasada, debiendo actualizar los valores trasvasables a los caudales ecológicos del 2027".

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