Los Ribereños acusan a López Miras de cuestionar las sentencias del Supremo sobre el Tajo

Publicado por: El Decano
15/09/2026 12:27 PM
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Fotografía de archivo de Borja Castro, presidente de la Asociación de Municipios Ribereños de Entrpeñas y Buendía.// Imagen: El Decano
Fotografía de archivo de Borja Castro, presidente de la Asociación de Municipios Ribereños de Entrpeñas y Buendía.// Imagen: El Decano

La asociación considera una "irresponsabilidad institucional" que el presidente murciano anuncie "todas las trabas posibles" a las nuevas reglas del trasvase

 

La Asociación de Municipios Ribereños de Entrepeñas y Buendía ha acusado al presidente de la Región de Murcia, Fernando López Miras, de actuar con "irresponsabilidad institucional" al anunciar que pondrá "todas las trabas posibles" al cumplimiento de las nuevas reglas del trasvase Tajo-Segura mientras espera un cambio de Gobierno que permita revertirlas.

 

Los Ribereños consideran que las declaraciones del presidente murciano presentan como una confrontación con el Gobierno de España lo que, a su juicio, es una cuestión vinculada al cumplimiento de un marco jurídico respaldado por la legislación española, las resoluciones judiciales y el Derecho europeo.

 

"Es cuanto menos sorprendente que un presidente regional anuncie que se va a saltar la ley y las sentencias del Supremo para defender a sus amigos", sostiene la asociación, que considera "impropio de un gobernante y terriblemente peligroso para la opinión pública" plantear el asunto en esos términos.

 

La organización recuerda que cualquier administración puede recurrir las decisiones que considere contrarias a sus intereses y defender sus posiciones por las vías establecidas, pero subraya que las sentencias judiciales no quedan sin efecto por un cambio de Gobierno.

 

"Puede recurrir, puede discrepar y puede defender los intereses de Murcia, pero un presidente autonómico debería saber que las sentencias no desaparecen porque cambie el Gobierno", señala la Asociación de Municipios Ribereños.

 

Tres recursos rechazados por el Supremo

En su argumentación, los Ribereños repasan además varios pronunciamientos del Tribunal Supremo relacionados con la planificación hidrológica del Tajo y los caudales ecológicos.

 

En junio de 2024, el Alto Tribunal desestimó el recurso presentado por la Generalitat Valenciana contra el Plan Hidrológico del Tajo y rechazó los argumentos planteados contra los caudales ecológicos. Según recuerda la asociación, el Supremo señaló que su fijación se había realizado conforme a las instrucciones metodológicas y técnicas de la planificación hidrológica y sobre la base de los estudios correspondientes.

 

En enero de 2025, el Supremo volvió a pronunciarse sobre esta cuestión al desestimar el recurso de la Junta de Andalucía contra el Real Decreto 35/2023. La sentencia rechazó los motivos de nulidad planteados contra la planificación hidrológica y el procedimiento seguido para establecer los caudales ecológicos.

 

El último pronunciamiento citado por los Ribereños se produjo el pasado 13 de mayo, cuando el Tribunal Supremo desestimó íntegramente el recurso presentado por el Sindicato Central de Regantes del Acueducto Tajo-Segura (SCRATS) contra el Plan Hidrológico del Tajo. El sindicato reclamaba la nulidad del plan y, subsidiariamente, la anulación del régimen de caudales ecológicos del eje del Tajo. El tribunal rechazó sus pretensiones y le impuso las costas del procedimiento.

 

La asociación destaca que aquella sentencia recuerda que la implantación de los caudales ecológicos en el eje del Tajo constituye una exigencia normativa y que la legislación del trasvase no garantiza al Segura un volumen determinado de agua. También señala que los métodos empleados para calcular esos caudales siguieron los procedimientos técnicos establecidos en la Instrucción de Planificación Hidrológica.

 

Los Ribereños apelan al Derecho europeo

A partir de estos pronunciamientos, la asociación cuestiona qué margen tendría López Miras para impedir la aplicación de las reglas vigentes.

 

"Es difícil entender qué pretende exactamente saltarse López Miras", ironizan los Ribereños. "Tendría que saltarse las sentencias que obligaron a establecer los caudales ecológicos, las que después han rechazado los recursos contra ellos, el propio Plan Hidrológico del Tajo y también la legislación europea".

 

La organización sitúa además la controversia en el marco de la Directiva Marco del Agua, que establece la obligación de proteger las masas de agua, evitar su deterioro y alcanzar un buen estado ecológico. Según recuerda, el Tribunal Supremo ha relacionado expresamente los caudales ecológicos del Tajo con estos objetivos ambientales europeos y ha reiterado que su establecimiento completo y vinculante forma parte de las obligaciones de la planificación hidrológica.

 

Los Ribereños defienden que López Miras puede reclamar un cambio en las reglas del trasvase o recurrir las decisiones que considere perjudiciales para los intereses de la Región de Murcia, siempre dentro de los procedimientos previstos.

 

Lo que rechazan es que el cumplimiento de las resoluciones judiciales pueda quedar condicionado a un eventual cambio político. "Lo que no puede hacer es instalarse en una posición de insubordinación institucional y prometer que bastará con que gobiernen los suyos para hacer desaparecer sentencias, obligaciones ambientales y legislación europea. Un cambio de Gobierno no deroga al Tribunal Supremo", concluye la asociación.

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