El ex alcalde de Fontanar, condenado por agredir a un taxista en Benidorm y por causar daños en su vehículo

Publicado por: Ana María Ruiz
03/06/2024 01:30 PM
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El Juzgado de lo Penal nº 2 de Benidorm condena al Víctor San Vidal por un delito de daños y por otro de lesiones leves por propinar patadas y golpes a la víctima, que le causaron la baja, y por dar un puñetazo a la luna del taxi, que provocó su rotura

 

El ex alcalde de Fontanar, Víctor San Vidal, vuelve a ser noticia por su comportamiento después de que se viera obligado a dimitir como alcalde por amedrentar y amenazar a una trabajadora municipal el pasado mes de marzo. Una información que ofreció en EXCLUSIVA nacional El Decano de Guadalajara. En esta ocasión ha sido condenado por agredir a un taxista de Benidorm y por causar daños en su vehículo.

 

Según la sentencia del Juzgado de lo Penal nº 2 de Benidorm, de fecha 25 de mayo de 2024, a la que ha tenido acceso esta Redacción, Víctor San Vidal ha sido condenado como autor responsable de dos delitos. Un delito de daños, previsto y penado en el artículo 263 del Código Penal, por el que se le condena a la pena de cuatro meses y quince días de multa, a razón de una cuota diaria de seis euros, así como a indemnizar al taxista con 597,26 euros por los daños ocasionados en la luna de su vehículo, junto al abono de las costas procesales.
El segundo delito se califica como leve de lesiones, previsto y penado en el artículo 147.2 del Código Penal, a la pena de tres meses de multa, a razón de una cuota diaria de seis euros, así como a indemnizar a la víctima -conjunta y solidariamente con el amigo que le acompañaba el día de los hechos- con 1.997,63 euros y el l abono de las costas procesales. En conjunto, las penas suman alrededor de 4.000 euros.

 

El juez considera probado en la sentencia que, sobre las 5:30 horas del día 28 de octubre de 2017, el ex acalde y dos amigos acudieron a una parada de taxis de una calle de Benidorm para solicitar un servicio. Al negarse el taxista a ello porque uno de los acompañantes "iba manchado de sangre y presentaban síntomas de haber bebido", San Vidal y uno de ellos los le persiguieron hasta que el vehículo se detuvo a unos 20 metros de la parada mientras llevaba a otros clientes. Fue en ese momento cuando ambos acusados le sacaron por la puerta del piloto y "comenzaron a golpearle con patadas y puñetazos, rompiéndole las gafas de vista que portaba, sin tener ninguna posibilidad de defenderse al verse superado en número". El ex alcalde -continúa la sentencia- "propinó además puñetazos contra la luna delantera del taxi, provocando una raja en la misma".

 

El taxista, una vez recuperado, avisó a la Policía. Según los hechos probados, los agentes actuantes identificaron a Víctor San Vidal "como autor responsable de los daños". El taxista recibió asistencia médica "por haber sufrido politraumatismos con contusión en cuello, contractura del trapecio derecho y musculatura paravertebral derecha, con dolor suboccipital derecho y a la rotación del cuello, así como dermoabrasión en la tuberosidad tibial medial de la rodilla derecha", que precisaron una primera asistencia facultativa y 46 días, siendo 19 de ellos impeditivos para el desempeño de su actividad profesional.

 

Las gafas de vista de la víctima y la luna de su vehículo se tasaron en la suma de 195 euros y de 597,26 euros respectivamente.

 

En la sentencia no consta probado que el taxista agrediese a Víctor San Vidal ni a sus dos amigos, ni que hiciera uso de una barra extensible o metálica y cilíndrica de hierro con longitud de medio metro en ningún momento para causarles las lesiones que éstos denunciaron. Ya que durante el juicio sostivieron que el agresor fue la vícitma. Por ello, el juez considera que no queda acreditado que ninguna de las lesiones que el ex acalde y sus amigos presentaban las causara el taxista "ni que hiciera uso de una barra de hierro en ningún momento, con el consiguiente pronunciamiento absolutorio a su favor".

 

Un testimonio que "adolece de verosimilitud"

 

En este sentido llama la atención un párrafo en el que se alude directamente a Víctor San Vidal y a su intento de hacer ver en el juicio que las lesiones que presentaba las causó la víctima: "[...] consta el informe de sanidad donde se indica la contradicción de dos informes del mismo profesional médico: uno, emitido el 22 de febrero de 2018, donde se alude a una caída casual el 28 de octubre de 2017 y otro, emitido el 19 de abril de 2018, en el que se refiere una agresión el 28 de octubre de 2017. Interrogado sobre lo anterior, reconoció no haber dicho la verdad ante la Mutua Fremap pero tampoco en el plenario ofreció razones para que sea más creíble su versión posterior de una agresión que la inicial de una caída casual [..] Y si a lo anterior se suma que el médico forense descarta el informe de traumatología de 6 de noviembre de 2017 por considerar que las lesiones que se amplían no tienen relación causal con los hechos por haberse incluido diez días después, es obvio concluir que el testimonio adolece de verosimilitud por utilizar a su conveniencia unas lesiones sobre cuyo origen siembra dudas el propio acusado por su falta de coherencia".

 

Durante el juicio, algunos de los testigos -taxistas compañeros de la víctima- aseguraron, entre otras cuestiones, que uno de ellos "observó como un chico que iba perjudicado le pedía que le llevara" y otro que dijo que "se montaron dos ingleses en la parada; a unos veinte metros paró el vehículo y escuchó a los acusados insultarle, dándole un porrazo a la luna y abalanzándose contra él; que le rompieron las gafas y tuvieron que intervenir unos porteros que manifestaron que ya habían tenido problemas con ellos en un pub de la zona.

 

La sentencia ya ha sido comunicada a las partes, que disponen de diez días para recurrir. 

 

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