El Supremo rechaza de nuevo el recurso del SCRATS contra los caudales ecológicos del Tajo

Publicado por: El Decano
01/10/2026 12:49 PM
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Imagen: Asociación de Municipios Ribereños de Entrpeñas y Buendía
Imagen: Asociación de Municipios Ribereños de Entrpeñas y Buendía

El Alto Tribunal desestima el incidente de nulidad presentado por los regantes contra la sentencia de mayo y vuelve a imponerles las costas

 

El Tribunal Supremo ha vuelto a rechazar las pretensiones del Sindicato Central de Regantes del Acueducto Tajo-Segura (SCRATS) contra los caudales ecológicos del Tajo. El Alto Tribunal ha desestimado el incidente de nulidad de actuaciones presentado por los regantes para intentar dejar sin efecto la sentencia dictada el pasado 13 de mayo, que rechazó íntegramente su recurso contra el Plan Hidrológico del Tajo.

 

La resolución supone un nuevo revés judicial para el SCRATS y ha sido recibido con satisfacción por la Asociación de Municipios Ribereños de los Embalses de Entrepeñas y Buendía. El auto, además, condena al sindicato de regantes al pago de las costas del incidente, con un máximo de 1.500 euros a repartir entre las tres partes recurridas.

 

El Supremo recuerda que el incidente de nulidad es un mecanismo extraordinario y excepcional y que no constituye una nueva instancia para volver a plantear cuestiones que ya han sido examinadas y resueltas mediante una sentencia firme. La Sala considera, además, que buena parte de los argumentos planteados por el SCRATS pretendían reabrir debates ya analizados sobre la legalidad del Plan Hidrológico del Tajo, la regulación del trasvase Tajo-Segura, la coordinación entre cuencas y la determinación de los caudales ecológicos.

 

La resolución establece expresamente que contra el auto no cabe recurso.

 

El Supremo ya rechazó el recurso en mayo

El origen de la controversia se encuentra en la sentencia 596/2026, dictada el 13 de mayo, por la que el Tribunal Supremo desestimó el recurso presentado por el SCRATS contra la revisión del Plan Hidrológico del Tajo aprobada mediante el Real Decreto 35/2023.

 

Los regantes plantearon posteriormente el incidente de nulidad alegando, entre otras cuestiones, vulneraciones de derechos fundamentales y defectos en la valoración de la prueba. El Alto Tribunal vuelve ahora a rechazar esos argumentos.

 

La Asociación de Municipios Ribereños considera que esta nueva resolución se suma a otros pronunciamientos del Supremo sobre la planificación hidrológica del Tajo y entiende que consolida un escenario jurídico que, a su juicio, deja cada vez menos margen para cuestionar los caudales ecológicos.

 

"Es un nuevo pronunciamiento contundente del Tribunal Supremo y vuelve a dejar claro que los argumentos utilizados contra los caudales ecológicos no se sostienen. Llevamos demasiado tiempo asistiendo a recursos y maniobras para cuestionar una realidad que los tribunales han confirmado una y otra vez", ha señalado el presidente de los Municipios Ribereños, Borja Castro.

 

Los ribereños piden aplicar los caudales ecológicos

La asociación reclama ahora al Gobierno de España que avance en la aplicación efectiva de los caudales ecológicos previstos para el Tajo y en la modificación de las reglas de explotación del trasvase Tajo-Segura para adaptarlas a la planificación hidrológica vigente.

 

Los Municipios Ribereños consideran que la posibilidad de que el SCRATS intente acudir al Tribunal Constitucional no debería retrasar, en su opinión, la aplicación de las medidas previstas en la planificación del Tajo.

 

"Están en su derecho de utilizar las vías que permita el ordenamiento jurídico, pero llega un momento en el que hay que preguntarse hasta dónde se pretende estirar una cuestión sobre la que el Tribunal Supremo se ha pronunciado ya de manera reiterada. Mientras tanto, el Tajo sigue esperando", ha añadido Castro.

 

Aunque contra el auto del Supremo no cabe recurso, los regantes todavía podrían plantear ante el Tribunal Constitucional una eventual vulneración de derechos fundamentales, según recoge la asociación en su comunicado.

 

Para los Municipios Ribereños, esta posibilidad no debería convertirse en un argumento para prolongar la aplicación de unas reglas de explotación que, a su juicio, deben adaptarse al actual marco de planificación hidrológica.

 

Una disputa que afecta al futuro del trasvase

La aplicación de los caudales ecológicos constituye uno de los principales puntos de conflicto en torno a la gestión del Tajo y al funcionamiento del trasvase Tajo-Segura. Los municipios ribereños de Entrepeñas y Buendía vienen defendiendo desde hace años una mayor protección del río y una revisión de las reglas que determinan las transferencias de agua hacia la cuenca del Segura.

 

La asociación sostiene que la sucesión de resoluciones judiciales favorables a la planificación hidrológica del Tajo refuerza la necesidad de que el Ejecutivo central avance en su aplicación.

 

"Se pueden seguir explorando vías jurídicas, pero eso no puede convertirse en una excusa permanente para no actuar, porque está en juego la salud del río Tajo. El Supremo ha hablado reiteradamente y el Gobierno tiene razones más que suficientes para cumplir ya con los caudales ecológicos y adaptar el trasvase a la realidad legal y ambiental del Tajo", concluye Borja Castro.

 

La resolución conocida ahora cierra, en la vía ordinaria, el recorrido del incidente de nulidad presentado contra la sentencia de mayo, aunque mantiene abierta la posibilidad de un eventual recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional por parte del SCRATS.

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