La juez condena al parricida de Brihuega a 44 años de prisión

Publicado por: Marta Perruca
12/12/2023 01:51 PM
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De acuerdo con el veredicto del jurado que declaraba al acusado culpable por dos delitos de asesinato con agravante de parentesco y no consideraba los eximentes por consumo de alcohol y drogas y enfermedad mental

 

El parricida de Brihuega ha sido condenado a 44 años de prisión por el asesinato de sus padres el pasado 9 de mayo de 2022, en su domicilio de la localidad alcarreña. La jueza, Eva Ramirez, ha dictado sentencia de acuerdo con el veredicto del jurado, que consideraba al acusado culpable de dos delitos de asesinato con agravante de parentesco ,imponiendo una pena de 22 años por cada uno de los asesinatos, así como la inhabilitación absoluta durante el tiempo de condena y la prohibición de aproximarse o comunicarse con su hermana, Natalia, que representaba a la acusación particular, por cualquier medio durante los diez años siguientes, una vez concluida la condena. Asimismo, le condena a imdenizar con 300.000 euros a su hermana en concepto de responsabilidad civil y al pago de las costas del juicio y declara al acusado incapaz para suceder a sus padres por incurrir en causa de indignidad, al haberles dado muerte, tal y como solicitaba la acusación particular.

 

 

 

El juicio se dirimía en la Audiencia Provincial entre el 15 y el 22 de noviembre, mediante el Tribunal del Jurado. El jurado popular, formado por cuatro mujeres y cinco hombres, consideró en su veredicto que no procedía aplicar los beneficios de remisión de la condena solicitados por la defensa, ni plantear al Gobierno la petición de indulto y determinó como no probados los eximentes por consumo de estupefacientes y enfermedad mental.

 

 

 

Tal y como recoge la sentencia, el veredicto del Jurado declaró probados los siguientes hechos: Entre las 14:21 y las 16:00 horas del día 9 de mayo de 2022, el acusado se dirigió al domicilio de sus padres, ubicado en Brihuega (Guadalajara), donde estos dormían la siesta. Su padre se encontraba echado en el sofá del comedor y su madre, en el dormitorio. Una vez en el interior, con las manos enguantadas y empuñando un cuchillo de cocina, Adrián se acercó a su padre con la intención de quitarle la vida y le asestó una puñalada en el cuello causándole la muerte. No obstante, antes de morir, éste trató de llegar al dormitorio donde estaba su esposa, pidiendo auxilio, pero se desplomó en el umbral de la puerta. Posteriormente, se dirigió a su madre, que se había levantado y acercado a la puerta del dormitorio al oír a su marido y, con ánimo de quitarle la vida, le asestó siete puñaladas en el cuello y en el tórax, que le ocasionaron la muerte.

 


Los jurados consideraron probado que ninguno de los progenitores tuvieron posibilidad de defenderse.

 


También, que el acusado consume habitualmente alcohol, cannabis y cocaína, así como que padece diversas enfermedades mentales de carácter psicótico, con diagnóstico, como bipolaridad tipo 1; psicosis y trastorno de personalidad no especificado, por las que ha tenido incontables ingresos.

 


Asimismo, consideró no probado que en las semanas anteriores al día de los hechos el acusado hubiera tenido fuertes discusiones con sus padres, debido a los reproches que éstos le dirigían por no trabajar, ni estar dispuesto a hacerlo; que el consumo habitual de alcohol y sustancia estupefacientes, o sus enfermedades mentales anularan en algún grado su capacidad para entender que con esas puñaladas iba a causar la muerte de sus padres o entendiéndolo, afectara su capacidad para evitarlo.

 


El jurado tampoco declaraba probado que al día siguiente reconociera voluntariamente los hechos en las dependencias de la Guardia Civil, confesando su autoría y facilitando la investigación policial.

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