La Asociación de Municipios Ribereños de los Embalses de Entrepeñas y Buendía ha reclamado al Ministerio para la Transición Ecológica una modificación inmediata de las reglas de explotación del trasvase Tajo-Segura tras la última sentencia del Tribunal Supremo contra el recurso presentado por el Sindicato Central de Regantes del Acueducto Tajo-Segura (SCRATS) sobre los caudales ecológicos del río Tajo.
Los Ribereños consideran que el fallo del Alto Tribunal supone el cierre definitivo del largo proceso judicial abierto en torno a la implantación de los caudales ecológicos y entienden que ya no existen “excusas jurídicas ni políticas” para seguir retrasando la adaptación del trasvase a las nuevas exigencias ambientales.
“Basta ya, hay que actuar”, ha reclamado la Asociación, que interpreta la resolución como un respaldo rotundo a la prioridad ambiental del Tajo frente a cualquier aprovechamiento económico o trasvase.
El presidente de la Asociación de Municipios Ribereños, Borja Castro, ha asegurado que la sentencia deja “una cosa definitiva y absolutamente clara: los caudales ecológicos del Tajo son obligatorios y están por encima del trasvase”.
“Y eso tiene una consecuencia inmediata: hay que cambiar las reglas de explotación del trasvase Tajo-Segura. El Ministerio ya no tiene más excusas ni margen para seguir demorándolo”, ha afirmado.
La Asociación sostiene que el Tribunal Supremo desmonta los argumentos que durante décadas ha defendido el lobby trasvasista y consolida una doctrina jurídica clara en torno a la prioridad de los caudales ecológicos. Según destacan los Ribereños, la sentencia establece que el trasvase queda subordinado a las necesidades ambientales de la cuenca cedente y recuerda que los usuarios del Tajo-Segura utilizan únicamente aguas excedentarias, sin derechos garantizados sobre esos recursos.
Además, el fallo rechaza otro de los argumentos históricos esgrimidos por SCRATS y confirma que sí ha existido concertación entre las cuencas del Tajo y del Segura durante el proceso de implantación de los caudales ecológicos. Los Ribereños recuerdan que esta aplicación se ha realizado de forma escalonada durante tres años para facilitar la adaptación de la cuenca receptora mediante recursos alternativos, como la desalación.
La resolución judicial también desmonta la interpretación tradicional de la ley de 1980 utilizada durante años para defender que el río Tajo debía mantener únicamente un caudal fijo de seis metros cúbicos por segundo a su paso por Aranjuez. El Supremo aclara ahora que esa cifra constituye un mínimo legal y no impide fijar caudales ecológicos superiores.
Para la Asociación, el fallo judicial respalda además la metodología técnica y ambiental aplicada en el Plan Hidrológico del Tajo y confirma su adecuación tanto a la normativa estatal como europea.
“Esta era la gran batalla judicial y el Supremo la ha zanjado. Ahora toca actuar. Desde la Asociación de Municipios Ribereños exigimos que se convoque de inmediato la mesa de trabajo y que se presenten unas nuevas reglas adaptadas a la realidad legal y a la realidad ambiental actual”, ha añadido Castro.
Los Ribereños advierten de que mantener las actuales reglas de explotación del trasvase perpetúa una situación “insostenible” para los embalses de Entrepeñas y Buendía. Según sus cálculos, durante este año natural podrían trasvasarse cerca de 750 hectómetros cúbicos hacia la cuenca del Segura, mientras allí podrían almacenarse más de 400 hectómetros cúbicos de agua procedente del Tajo al cierre del año hidrológico.
“Prácticamente toda el agua almacenada en la cuenca del Segura será agua del Tajo, mientras Entrepeñas y Buendía vuelven a bajar justo al comienzo de la campaña de verano. Ya no estamos hablando de debates políticos ni de excusas políticas: estamos hablando de cumplir la ley”, concluyen desde la Asociación.