El TSJ valida una sentencia por el incumplimiento de la Ley de Prevención en la compra de EPI's para agentes medioambientales

Publicado por: El Decano
17/04/2023 02:42 PM
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Además, CCOO denuncia carencias en los procedimientos de reposición de los equipamientos del cuerpo de prevención y extinción de incendios forestales

 

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha ha ratificado la sentencia del Juzgado Social nº 1 de Toledo, de 17 de diciembre de 2021, que estimó la demanda del sindicato CCOO por el incumplimieno de la entonces Consejería de Agricultura de su obligación de efectuar el preceptivo trámite de consulta, negociación y participación previo al inicio del procedimiento administrativo referido a la licitación del contrato de suministro, de diciembre de 2017, para la adquisición de equipos de protección individual contra riesgos por incendios forestales para Agentes Medioambientales y otro personal de la JCCM.

 


La Sala de lo Social del TSJ completa ahora la sentencia de primera instancia condenando a la Administración a subsanar dicho incumplimiento, abriendo el preceptivo trámite de consultas omitido en el expediente de contratación referido, permitiendo las propuestas de los/as delegados/as de prevención, y emitiendo en su caso, la correspondiente decisión motivada.

 


“Difícilmente se podrán materializar correcciones en unos equipos adquiridos y entregados ya hace cinco años, pero nuestros delegados/as acudirán, como lo hacen siempre que se les convoca, al trámite de consulta para señalar las deficiencias y mejoras necesarias de aquellos equipos y de los futuros para lo que la Administración debe convocar el preceptivo Comité de Salud Regional”, indica José Luis Martínez, coordinador del Sector Autonómico de CCOO-FSC CLM.

 


Desde CCOO señalan que esta misma omisión en la consulta previa se ha producido en la compra de chalecos entregados a la Brigada de Investigación de Incendios Forestales, teniendo como resultuado la adquisición de chalecos que no son ignífugos y "por tanto, no pueden utilizarse en los incendios" y añaden que tampoco los/as agentes medioambientales (AAMM) de nuevo ingreso tienen chaquetón ignífugo, "a pesar de ser una prenda recomendada por el servicio de prevención al estar así tipificado en la normativa específica del Cuerpo”, denuncia Martínez.

 


Otra actuación que el sindicato considera "imprudente" de la Consejería en relación con la seguridad laboral de los/as AAMM es la no reposición de los casos en la fecha de caducidad indicada por el fabricante, aduciendo que, "diga lo que diga el  fabricante, los cascos “no caducan nunca" . Así pues, no se reponen nunca, salvo rotura".

 

Además critican la fórmula existente para reponer los EPI's: "En vez de atender a los plazos prescritos por los fabricantes, cada agente debe rellenar una ‘ficha de autoevaluación’ indicando si su equipo de protección sigue en condiciones de ser usado, traspasando a los/as trabajadores/as la responsabilidad que la Ley confiere a la Empresa".

 

Por último, apuntan a la antigüedad y deterioro del parque móvil  "con vehículos con más de 18 años y cerca de los 400.000 kilómetros con los/a agentes tienen que desplazarse a prestar servicio a incendios forestales".

 

“Todavía es tiempo de rectificar. Desde CCOO instamos a la administración a una reflexión para mejorar las cosas desde el ámbito de la negociación y del acuerdo, haciendo innecesario que volvamos a tener que informar de una nueva sentencia por vulneración de los derechos de las empleadas y empleados públicos.”, concluyen.

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